jueves, 18 de diciembre de 2014

ACOSO LABORAL O "MOBBING"


El acoso labora o
"mobbing", es una conducta que se presenta en el ámbito laboral y que consiste principalmente en los actos o comportamientos hostiles que se ejecutan hacia uno de los integrantes de la relación laboral, que básicamente tienen como objetivo intimidar, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, con la intención de excluirla de la organización o de satisfacer una necesidad propia del hostigador, por agredir, controlar o destruir y que se presenta sistemáticamente.


Esta figura del "mobbing" ha sido explorada recientemente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (al resolver el ampro directo 47/2013), estableciendo su definición y tipología, además de los mecanismos de protección jurisdiccional y los efectos de éstos dependiendo de lo que se pretenda reclamar. 

Así por ejemplo, quien considere que es víctima de hostigamiento o acoso laboral, tiene acceso a varios recursos efectivos para salvaguardar sus derechos humanos, por ejemplo: si lo que pretende la victima es rescindir la relación laboral por causas imputables a su patrón, debe acudir a presentar su reclamo en la vía laboral; si lo que sufre, es una agresión que pueda considerarse como delito, tiene la vía penal para que el estado indague y en su caso sancione al agresor; en la vía administrativa se reclama cuando se pretende que se sancione a un servidor público y la vía civil cuando se pretende la indemnización por daños causados.

Estos nuevos conceptos, que no así las prácticas de hostigamiento laboral, se acuñan a partir de la reforma que en materia de Derechos Humanos tuvo la Constitución Federal, particularmente al artículo primero que impone la obligación de todas las autoridades de que en el ámbito de sus competencias, promuevan el respeto, protejan y garanticen los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Recientemente en Nayarit, se presentó una demanda de amparo indirecto ante la Justicia Federal, por el hostigamiento laboral que estaba sufriendo un empleado de una Delegación Federal, el resultado fue contundente por parte del Juez de Distrito, quien le ordenó a la autoridad responsable, el cese total de las conductas de hostigamiento, se le solicitaron los informes correspondientes y próximamente se resolverá de plano dicha demanda.

Los Derechos Humanos que se protegen en este asunto están tutelados por los artículos 1o., 4o, 5o., 8o. y 123 de la Constitución Federal y de diversos Tratados Internacionales, así como de diversas disposiciones del convenio 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación), de la Organización Internacional del Trabajo.

Es así que como parte de la promoción y divulgación de los Derechos Humanos, es posible que se acuda a los Jueces Federales para detener todos los abusos que en ocasiones cometen los patrones sin que existiera la manera efectiva y expedita para detener tales actos. Para asesoría gratuita, puede solicitar una cita en mensaje (inbox) de la página de facebook de Segunda Instancia. 

https://www.facebook.com/SegundaInstancia?ref=hl





martes, 28 de octubre de 2014

COMPETITIVIDAD URBANA 2014


El Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (IMCO), publicó los resultados del Indice de competitividad urbana 2014, informe al que titula: "Quién manda aquí? La gobernanza de las ciudades y el territorio mexicano", en este, se analizan los cambios en la política urbana y territorial del país. 

A manera de justificación, el IMCO refiere que, para una ciudad resulta imposible atraer mucha inversión o talento en espacios donde impera el desorden, donde las reglas para su crecimiento son fuente de incertidumbre para los inversionistas y sus habitantes, y donde no se vela por el desarrollo sustentable.

El objetivo primordial de este índice, es aportar información útil para diseñar, priorizar y dar seguimiento a las políticas públicas que promuevan la competitividad de México, y en particular, de sus zonas urbanas. Para efectos de este estudio, se define a la competitividad, como la "capacidad de las ciudades mexicanas para atraer y retener inversiones y talento".

Para el Estado de Nayarit, se consideró como zona urbana, a los municipios de Tepic y Xalisco, y en los resultados generales, para los años del 2008 al 2012, se les ubica en el grupo de competitividad media alta, que corresponde a aquellas ciudades cuyo puntaje se encuentra hasta una desviación estándar por encima de la media; apenas por encima de la media tabla.

Sin embargo, existe un subíndice que llama la atención, y que se refiere a la "economía estable", en este, se describen las principales características de las economías urbanas, así como la situación del crédito para las empresas y las familias. Algunos de los indicadores de este subíndice son: el crédito a las empresas; la cartera hipotecaria vencida; el crecimiento del PIB estatal; el crecimiento del salario promedio; la diversificación económica y el desempleo.

En este subíndice, la zona urbana de Tepic y Xalisco, en el período de 2008 a 2011, se consideró dentro del grupo de competitividad media alta, sin embargo en el año 2012, sufre una considerable baja y se le ubica en el grupo de competitividad media baja, es decir, por debajo de la media, destacándose el indicador del desempleo, que se refiere al número de personas que no están ocupadas, aquellas que buscaron activamente incorporarse en alguna actividad económica en algún momento del último mes, pero que no tuvieron éxito. ¿La fuente?: el INEGI, a través de la encuesta nacional de ocupación y empleo (ENOE) 2008-2012.

Estos resultados, podemos decir que retratan a la perfección la percepción social y la realidad diaria a la que se enfrentan los habitantes de la zona urbana Tepic-Xalisco; solo algunos cuantos consideran que la economía en el estado de Nayarit es boyante y que estamos a nivel competitivo de ciudades como Culiacán o Cancún, que son las dos mejores ciudades del país, en economía estable, dentro del índice de competitividad urbana 2014.

Nota: con información de la página web: 
http://imco.org.mx/indices/competitividad_urbana_2014/resultados/subindice/economia










jueves, 4 de septiembre de 2014

MÁS DE FINANZAS MUNICIPALES... Receta Casera



Las finanzas de la mayoría de los Municipios en el Estado de Nayarit presentan graves problemas, principalmente por la seria razón de que la administración y control de los recursos, así como su aplicación o gasto, pocas veces se lleva a cabo en cumplimiento y apego a lo que disponen las leyes y ordenamientos jurídicos de la materia; en muchas ocasiones, llegando al extremo, de pasar por alto las disposiciones constitucionales que imponen la obligación a todos los mexicanos de contribuir para los gastos públicos.

La receta perfecta para lograr finanzas en crisis, se compone entonces, como ya lo mencionamos, con el ingrediente principal: la deficiente administración, gasto y control de los recursos públicos, además se adereza, con el sentido "paternalista" que muchos gobernantes han impuesto al desempeño de su cargo público, llegando inclusive a ser los mejores "padrinos" de bodas, quinceañeras, egresados de secundarias, preparatorias y licenciaturas, poniendo la "banda", "el salón" o "la comida y cerveza"; lo que en alguna ocasión alguien calificó como "política de rancho".

Un ingrediente que no puede faltar, deriva también de quien representa a la administración pública o es el titular de ejecutar las acciones de gobierno, y que tiene que ver con sus "aspiraciones políticas", me explico: en muchas ocasiones el presidente de acción ciudadana de alguna colonia, quiere ser regidor, el regidor, presidente municipal, éste diputado local, para posteriormente ser diputado federal y de ahí, la joya de la corona, ser gobernador; con estas pretensiones en la cabeza de la mayoría de los "servidores públicos", es lógico que su paso por cada una de las etapas de su función pública, se convierta en una verdadera "campaña vitalicia", y al querer quedar bien con todos sus representados; pues no debe llevar a cabo "actos de molestia", como por ejemplo el cobro coactivo de las contribuciones, que dicho sea de paso, son la peor pesadilla de cualquier ciudadano.

Agregue usted a estos ingredientes, la inexperiencia de muchos funcionarios al vapor, que por trabajar en "campañas" y ser "amigos" de los gobernantes en turno, llegan a esos cargos que requieren de una especialización e inclusive una "formación" o experiencia probada y que sin mayor vergüenza, se acomodan a dirigir las oficinas, con el único interés en las prestaciones que el puesto les deriva, llegando al extremo de que si es necesario, de un plumazo, le reforman la "Constitución" para que quepa en dicho puesto. (Hay casos graves en los que un medico veterinario zootecnista, se ha hecho cargo de los ingresos municipales).

No puede faltar un ingrediente que da el toque exquisito a esta receta, el marco jurídico local en materia financiera, anticuado y superado en la mayoría de sus disposiciones, sobre todo, cuando dichas normas de carácter financiero son las que deben aplicarse cuando no existe la responsabilidad de los ciudadanos de cumplir con sus obligaciones de pagar contribuciones y es el estado quien debe salir a recaudarlas, no es posible que un funcionario encargado de la recaudación de algún impuesto (predial por ejemplo) o de algún servicio (el agua potable), se queje desde la comodidad de su escritorio, de que los ciudadanos no pagan.

Es así que son muchos los factores que inciden en la baja recaudación y deficiente administración y control de los recursos públicos, considero que este cambio en las administraciones municipales que se avecina, es una verdadera oportunidad para sus titulares de dar un paso, aunque sea pequeño, en dejar de "cocinar" esas finanzas en crisis, es posible que con procedimientos recaudatorios sencillos, apegados a derecho y con personal capacitado para su aplicación, se logre una recaudación importante y por ende, mayores recursos económicos para los municipios; la administración y su aplicación, serán materia de otras recetas que son de "alta cocina". A sus ordenes.




lunes, 11 de agosto de 2014

MERCADO DEL TRUEQUE

 
En el año dos mil once, la empresa encuestadora prospecta, realizó un estudio para conocer la opinión y el nivel de satisfacción  de los ciudadanos respecto de los servicios de limpieza, recolección, reciclaje y confinamiento de la basura que prestan las 31 presidencias municipales con rango de capitales de estado, en aquélla ocasión, la Ciudad de Tepic Nayarit, resultó con el nada honroso primer lugar, como la ciudad más sucia del país.

El tema de la basura es un tema al que muchos gobiernos municipales tratan de “darle la vuelta”, en algunos casos por ser un problema que parece no tener remedio o argumentando escases de recursos, aunado a la falta de pago de este servicio en los términos dispuestos por la ley; se trata pues de un problema complejo que implica en gran medida al propio ciudadano, sus hábitos y la educación que ostentan, lo que complica aún más el problema.

El derecho a un medio ambiente sano es un derecho humano fundamental. La íntima vinculación del medio ambiente con el nivel de vida en general, hace de este derecho una condición sine qua non del disfrute y ejercicio de los demás derechos, es por tanto un derecho humano emergente de primera magnitud.

Estamos en un momento determinante para que los ayuntamientos que recién inician en su gestión de gobierno, se den la oportunidad de generar e implementar políticas públicas municipales, que permitan la correcta observancia de los reglamentos en materia de limpieza.

El gobierno del Distrito Federal, ha creado un programa que involucra a los ciudadanos en los procesos de separación y reducción de la basura; se ha implementado un mercado del trueque http://www.sedema.df.gob.mx/mercadodetrueque/ en donde se logra que los ciudadanos lleven su basura inorgánica reciclable (plástico, cartón, vidrio, pet, aluminio) y a cambio reciban “puntos verdes” que pueden intercambiar en ese mismo mercado por verduras, frutas, legumbres y en general alimentos frescos de la región, lo cual también incentiva la producción local; es decir, se promueve una verdadera participación ciudadana, el gobierno deja de ser paternalista y los ciudadanos le dan otro sentido a los procesos de reciclaje de la basura, pues se dan cuenta de que su basura ahora representa una posibilidad de obtener productos alimenticios.


Que tal que el famoso programa “ROSA” que tenemos aquí en Nayarit, evolucionara para dejar de ser una dádiva del gobierno a los ciudadanos y en su lugar les involucrara en actividades que beneficiarían a todos por igual, como por ejemplo procurar la recolección de basura y promover el ambiente sano, al mismo tiempo que se intercambia esta basura por productos alimenticios originarios de nuestro Estado; no sé si la educación y sobre todo la costumbre que tenemos en Nayarit de que todo es responsabilidad del gobierno permita a los ciudadanos entender las bondades de este programa, pero al menos llevarlo a cabo en los gobiernos municipales sería una buena propuesta.

jueves, 24 de abril de 2014

En Nayarit es más fácil reformar que cumplir con la ley…



Para muestra un sólo botón: de la lectura del “INFORME DEL RESULTADO DE LA FISCALIZACIÓN” de la Cuenta Pública, ejercicio fiscal 2011, que se practicó al Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit, se estableció como uno  de los objetivos en materia de Auditoria Financiera, verificar que el personal responsable del manejo de los recursos públicos, otorgara la caución (garantía o fianza) correspondiente, tal y como disponía la Ley Municipal en su artículo 111; ésta caución o garantía, era incluso un requisito legal para poder ser titular de las dependencias y entidades municipales, departamentos, oficinas y unidades administrativas, en donde se manejaran recursos públicos.


La Ley Municipal además, en su artículo 61 fracción III, inciso o); establecía que el Ayuntamiento (Presidente Municipal, Síndico y Regidores), era el responsable de verificar que los funcionarios que manejaran recursos públicos cumplieran con esta caución.

Esta condición, era un requisito legal para ser Tesorero Municipal, pues así lo disponía el artículo 116 de la ya mencionada Ley Municipal.

Cuando el Órgano de Fiscalización Superior llevó a cabo los trabajos de Auditoria Financiera, encontró que no se estaba cumpliendo con este requisito por parte de los funcionarios que manejaban recursos públicos, y así lo registro en el Resultado Núm. 4 Observación Núm. 1.AGF.11.MA.17, en donde estableció que: “El personal que maneja recursos financieros no caucionó”, y apuntando además que: “lo anterior incumplió con lo dispuesto en los artículos 111, inciso f de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit; y 54, fracciones IV, XXVIII y XXXIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nayarit, vigente a la fecha en que se cometen los hechos”.
Los argumentos del sujeto fiscalizado para desvirtuar tal incumplimiento a la Ley Municipal, fueron los siguientes: “Respecto a la observación indicada por este Ente Fiscalizador se le hace entrega de copias de los pagares (sic) firmados por cada uno de los funcionarios que manejan recursos y por los importes señalados en la observación…” es decir, se pretendía garantizar el manejo de recursos públicos con la suscripción de pagarés firmados por los funcionarios; el órgano auditor fue implacable y en su determinación estableció: “Del análisis de la información y documentación presentada por el sujeto fiscalizado, se determina que la observación subsiste, toda vez que el personal que maneja recursos financieros no caucionó”.

Este incumplimiento a la Ley Municipal, provocó inclusive, que los nombramientos de funcionarios que en su momento emitió el Presidente Municipal, (Resultado Núm. 4 Observación Núm. 2.AGF.11.MA.17), específicamente el del Tesorero Municipal, quedaran sin efecto alguno, pues como ya se mencionó, la Ley Municipal, imponía otorgar caución, como requisito. De nueva cuenta, el Ayuntamiento pretendió “cumplir” con este requisito a través de la suscripción de pagarés por parte del Tesorero Municipal; el Órgano de Fiscalización, determinó en ambas observaciones no se cumplía con lo dispuesto en la Ley.


La consecuencia a éste incumplimiento, pudo ser de mayores consecuencias en todos los aspectos, si se hubiese tratado de algún otro Municipio con recursos financieros propios relevantes, es decir, que contara con ingresos propios suficientes para no depender de las participaciones estatales y federales; en pocas palabras un Municipio medianamente solvente; por qué digo esto, porque si vamos al origen, el nombramiento del Tesorero Municipal al ser “ilegal”, en consecuencia sus actos administrativos y de autoridad también lo eran; por lo que el cobro de contribuciones, no tenia sustento legal alguno.


Una vez que los funcionarios municipales que manejaban recursos públicos se negaron a cumplir con el otorgamiento de la caución legal impuesta, imagino que por la sencilla razón de que debían garantizar su función con bienes o patrimonio propios, pues ya no les era tan agradable; fue entonces que en alguien sucedió la brillante idea: “eliminar de la ley esa obligación”.


Fue entonces que se presentó una iniciativa para: “Reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit”, la cual tenía establecía: “Artículo Único.- Se reforman los artículos 61, fracción 111 inciso o); 106, fracción 111, párrafo primero, fracción V incisos g) y h) Y fracción VI, párrafo segundo; 111, inciso f); 118; 254, fracciones II y IV. Se adicionan cuatro párrafos a la fracción 111, los incisos i) al m) de la fracción V del artículo 106, todos de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, para quedar como siguen”.


Ahora el manejo de los recursos públicos, por parte de funcionarios que tienen esa labor, no está caucionado, solamente se les impone la dificilísima obligación de hacerlo “conforme a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público”, además de que ahora ya no es un requisito legal para ser funcionario caucionar el manejo de los recursos público, ahora, una vez eliminado ese requisito, tan solo se requiere: “Poseer la cualidad necesaria para el desempeño del cargo apegándose a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen en el servicio público”.


Mejor reformar que cumplir con la Ley.