
El principal problema de los Ayuntamientos, ha sido y será al menos por un buen tiempo, la falta de recursos financieros. Si un Ayuntamiento no tiene la “suerte” de contar con los mecanismos, bienes o recursos naturales en su territorio, para la obtención de ingresos propios; sufre la terrible dependencia de las “participaciones federales” y no hay dinero que le alcance.
La reforma a la Constitución Federal, llevada a cabo en el mes de diciembre de 1999, es considerada para el ámbito municipal, como la más relevante, como la “génesis” del orden de gobierno municipal, pues es cuando en la fracción primera del artículo 115 de la Carta Magna, se sustituye en la oración: “…Cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento…”, la palabra “administrado” por la de “gobernado”; es decir, desaparece la entidad “administrativa” como encargada de los asuntos municipales, y nace por fin la entidad “Gobierno”, lo que sin duda reafirma la relevancia de esta reforma.
Gobernar el Municipio, es entonces una figura novedosa, es una figura de menos de diez años de “edad”, que no ha sido realmente explotada por los Ayuntamientos, salvedad en este caso, de los que en su territorio por suerte tienen recursos naturales, bienes o mecanismos que en “automático” les genera ingresos propios, ya sea por turismo, explotación de bienes y servicios o interés de los grandes desarrolladores industriales, léase, mano de obra calificada.
Si gobernar es ahora lo que deben hacer los Ayuntamientos y deben hacerlo a pesar de la difícil realidad en los Municipios por la falta de recursos financieros, es necesario, que se busquen mecanismos y opciones, no sólo de ahorro y reducciones de “gastos operativos”, sino de sistemas y procesos con ingenio, novedad y algo muy importante, con recursos humanos con experiencia acreditada; y en esto último es precisamente en donde podría estar una solución.
Los costos operativos de los Ayuntamientos, en ocasiones se “llevan” hasta el 70% (setenta por ciento) de los recursos de sus presupuestos, basta ver, el Presupuesto de Egresos para la Municipalidad de Tepic, Nayarit; para el Ejercicio Fiscal del año 2009, (http://www.tepic.gob.mx/docs/ctapub/presu-egresos-2009.pdf) en el que los “gastos de operación” suman la cantidad de $554’442,157.00 (quinientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y dos mil ciento cincuenta y siete pesos 00/100 M.N.), del total de poco mas de $770’000,000.00 (setecientos setenta millones de pesos), lo que representa que el 73.84 % (setenta y tres punto ochenta y cuatro por ciento), del total de los recursos del Municipio, se utilizan solamente para que éste “opere”.
Si revisamos que de este altísimo porcentaje, los sueldos y salarios suman poco más de $413’000,000.00 (cuatrocientos trece millones de pesos, el 55% del total del presupuesto), cuando menos en este rubro podrían hacerse los ahorros necesarios para la correcta “operatividad” del Ayuntamiento, pues con cada cambio de administración, el costo administrativo de “enseñanza-aprendizaje”, a través del método de “ensayo-error”, resulta muy costoso para las administraciones municipales, pues la variante “tiempo”, impide que se logren “funcionarios” con experiencia acreditada, como exige la ley, rubro en el que hasta el momento no hay forma de verificar, al menos en Tepic, de que la mayoría de los titulares de las dependencias, tengan experiencia y conocimiento de los asuntos municipales y su manejo, pues, no basta establecer en el curriculum, (http://www.tepic.gob.mx/gabinete.php) asistencias a “cursos y seminarios”; haber presentado “exámenes de ingles”; decirse “litigantes”, (cuando no han concluido sus estudios de Licenciatura en Derecho), mencionar “asistencia a congresos”, haber dado “clases de música”, mencionar “diversas actividades políticas”, ser “empresario” etc., para acreditar, como exige la ley Municipal, (Artículo 111 incisos b), c) y f) “experiencia y conocimiento de los asuntos municipales y su manejo, y perfil profesional o técnico adecuado para el encargo”.
Para cumplir con esa disposición legal, es necesario mucho más; y derivado de esta falta de acreditación, es de donde uno empieza a pensar ¿Cuánto nos está costando que los funcionarios “aprendan”?.
Basta revisar la propia Ley Municipal, en su Título Noveno, para entender que la profesionalización de los funcionarios Municipales, puede ser un camino para que los recursos financieros se apliquen en beneficio real de quienes habitamos esta Ciudad. A sus órdenes en el correo electrónico: mailto:segundainstancia@hotmail.com
La reforma a la Constitución Federal, llevada a cabo en el mes de diciembre de 1999, es considerada para el ámbito municipal, como la más relevante, como la “génesis” del orden de gobierno municipal, pues es cuando en la fracción primera del artículo 115 de la Carta Magna, se sustituye en la oración: “…Cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento…”, la palabra “administrado” por la de “gobernado”; es decir, desaparece la entidad “administrativa” como encargada de los asuntos municipales, y nace por fin la entidad “Gobierno”, lo que sin duda reafirma la relevancia de esta reforma.
Gobernar el Municipio, es entonces una figura novedosa, es una figura de menos de diez años de “edad”, que no ha sido realmente explotada por los Ayuntamientos, salvedad en este caso, de los que en su territorio por suerte tienen recursos naturales, bienes o mecanismos que en “automático” les genera ingresos propios, ya sea por turismo, explotación de bienes y servicios o interés de los grandes desarrolladores industriales, léase, mano de obra calificada.
Si gobernar es ahora lo que deben hacer los Ayuntamientos y deben hacerlo a pesar de la difícil realidad en los Municipios por la falta de recursos financieros, es necesario, que se busquen mecanismos y opciones, no sólo de ahorro y reducciones de “gastos operativos”, sino de sistemas y procesos con ingenio, novedad y algo muy importante, con recursos humanos con experiencia acreditada; y en esto último es precisamente en donde podría estar una solución.
Los costos operativos de los Ayuntamientos, en ocasiones se “llevan” hasta el 70% (setenta por ciento) de los recursos de sus presupuestos, basta ver, el Presupuesto de Egresos para la Municipalidad de Tepic, Nayarit; para el Ejercicio Fiscal del año 2009, (http://www.tepic.gob.mx/docs/ctapub/presu-egresos-2009.pdf) en el que los “gastos de operación” suman la cantidad de $554’442,157.00 (quinientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y dos mil ciento cincuenta y siete pesos 00/100 M.N.), del total de poco mas de $770’000,000.00 (setecientos setenta millones de pesos), lo que representa que el 73.84 % (setenta y tres punto ochenta y cuatro por ciento), del total de los recursos del Municipio, se utilizan solamente para que éste “opere”.
Si revisamos que de este altísimo porcentaje, los sueldos y salarios suman poco más de $413’000,000.00 (cuatrocientos trece millones de pesos, el 55% del total del presupuesto), cuando menos en este rubro podrían hacerse los ahorros necesarios para la correcta “operatividad” del Ayuntamiento, pues con cada cambio de administración, el costo administrativo de “enseñanza-aprendizaje”, a través del método de “ensayo-error”, resulta muy costoso para las administraciones municipales, pues la variante “tiempo”, impide que se logren “funcionarios” con experiencia acreditada, como exige la ley, rubro en el que hasta el momento no hay forma de verificar, al menos en Tepic, de que la mayoría de los titulares de las dependencias, tengan experiencia y conocimiento de los asuntos municipales y su manejo, pues, no basta establecer en el curriculum, (http://www.tepic.gob.mx/gabinete.php) asistencias a “cursos y seminarios”; haber presentado “exámenes de ingles”; decirse “litigantes”, (cuando no han concluido sus estudios de Licenciatura en Derecho), mencionar “asistencia a congresos”, haber dado “clases de música”, mencionar “diversas actividades políticas”, ser “empresario” etc., para acreditar, como exige la ley Municipal, (Artículo 111 incisos b), c) y f) “experiencia y conocimiento de los asuntos municipales y su manejo, y perfil profesional o técnico adecuado para el encargo”.
Para cumplir con esa disposición legal, es necesario mucho más; y derivado de esta falta de acreditación, es de donde uno empieza a pensar ¿Cuánto nos está costando que los funcionarios “aprendan”?.
Basta revisar la propia Ley Municipal, en su Título Noveno, para entender que la profesionalización de los funcionarios Municipales, puede ser un camino para que los recursos financieros se apliquen en beneficio real de quienes habitamos esta Ciudad. A sus órdenes en el correo electrónico: mailto:segundainstancia@hotmail.com

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